Vigilancia Sanitaria de trabajadores expuestos a factores de riesgos laborales
Ministerio de Salud Pública
Ordenanza 337_2004
Vigilancia Sanitaria de trabajadores expuestos a factores de riesgos laborales
Montevideo 1 de Julio del 2004
VISTO :la necesidad de reglamentar la vigilancia sanitaria de los trabajadores expuestos a los diferentes factores de riesgo laborales.
RESULTADO: que nuestro país a ratificado los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo N° 155 y N° 161 sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores y sobre Servicios de Salud en el Trabajo, respectivamente.
CONSIDERADO: 1) que la protección de la salud de los trabajadores y la seguridad e higiene y seguridad ocupacional constituye una prioridad sanitaria por lo cual se estima necesario establecer la obligatoriedad de exámenes preventivos, para cada riesgo laboral, fijando sus respectivos límites y la periodicidad más adecuada para cada caso:
II)que para mejorar garantizar la salud de los trabajadores y su descendencia corresponde mantener los mismos actualizados;
III) lo aconsejado por la Sub -Comisión de Salud Ocupacional (MTSS, MSP Y Facultad de Medicina);
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y lo dispuesto por la Ley N° 5.032 de 21 de julio de 1914. Ley Orgánica de Salud Pública N° 9.202 de 12 de enero del 1934; Ley N° 15.965 de 28 de junio de 1988 y Decreto de Poder Ejecutivo N° 406/988 de 3 de junio del 1988.
EL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
RESUELVE
1°) Establécese el esquema básico referente a los diversos factores de riesgo químicos y físicos , así como los respectivos controles médicos y análisis y la determinación de los períodos específicos para cada caso , a que deben ser sometidos todos los trabajadores que se desempeñan en forma permanente o transitoria , retribuida o no, en establecimientos públicos o privados de naturaleza industrial , comercial o de servicio. Cualquiera sea su actividad o finalidad instalados o que se instalen en el futuro:
VIGILANCIA SANITARIA DE EXPOSICIÓN A
FACTORES DE RIESGO QUÍMICOS
| Exposición | Monitoreo biológico | Periodicidad | Valor de referencia | Observaciones |
| Arsénico | Arsénico urinario | semestral | 50 µgr/g. creat.* | Final del turno último día de trabajo |
| Plomo | plombemia | semestral | 30 µgr/100 ml | |
| Cromohexavalente | Cromo urinario | semestral | 30 µgr/g. creat.* | Final del turno último día de trabajo |
| Cadmio | Cádmio urinario | semestral | 5 µgr/g. creat.* | |
| Mercurio | Mercúriourinario | anual | 35 µgr/g. creat.* | 1ª orina matinal |
| Cobalto | Cobaltourinario | anual | 15 µgr/Litro | Final del turno último día de trabajo |
| n-hexano | 2,5 hexanodiona urinario | semestral | 5 mg/g. creat.* | Final del turno último día de trabajo |
| Estireno | Ácido mandélico urinario | trimestral | 0.8 g/g. creat.** | Final del turno último día de trabajo |
| Tolueno | Ácido hipúrico urinario | trimestral | 1.5 g/g. creat ** | Final del turno último día de trabajo |
| Xileno | Ácido metilhipúrico urinario | trimestral | 1.5 g/g. creat ** | Final del turno último día de trabajo |
| Tricloro y Percloroetileno | Tricloroacético urinario | trimestral | 100 mg/g.creat | Final del turno último día de trabajo |
| Cianuro | Tiocianato en orina | trimestral | 2.5 mg/g. creat | |
| Benceno | Ácido fenilmercaptúrico en orina | trimestral | 120 mg/g. creat | Final del turno último día de trabajo |
| Fenol | Fenol urinario | 250mg/g creat. | Final del turno | |
| Formaldehído | espirometría | Bianual | ||
| Isocianatos | espirometría | Bianual | ||
| Monóxido de carbono | carboxihemoglobina | semestral | Menos de 3.5% (no fumadores) | Final del turno |
| Plaguicidas órgano fosforados y carbamatos | Acetil colinesterasa eritrocitaria y/o plasmática | 30% variación sobre actividad basal | Dentro de los 3 días posterior a la exposición |
* microgramo / gramo de creatinina
** gramo/ gramo de creatinina
PARÁMETROS PARA MONITORIZACIÓN DE OTROS FACTORES DE RIESGO A LA SALUD
| Exposición | Examen Paraclínico | Periodicidad | Criterios | Observaciones |
| Polvo Fibrogénico (asbesto Polvo mineral de Sílice, más de 1 % de SIO2 ) | Radiografía de Tórax Ántero posterior | Anual | Técnica normatizada por OIT. Clasificación Internacional de Neumoconiosis de OIT | |
| Espirometría | Bianual | |||
| Polvo no Fibrogénico |
Radiografía de Tórax Ántero posterior |
Bianual | Técnica normatizada por OIT. Clasificación Internacional de Neumoconiosis de OIT | |
| Espirometría | Bianual | |||
| Ruido | Audiometría Tonal | Anual | Exposición mayor a 85 dB(decibeles) | |
| Radiaciones Ionizantes | Hemograma completo con Lámina | Anual | Según valor de la Dosimetría Personal |
Uso de dosímetro Informes bimensuales |
(*)NOTA:
Este esquema considera dos tipos de indicadores biológicos (IB):
IB de dosis. Es un parámetro que mide la concentración del agente químico o de alguno de sus metabolitos en un medio biológico del trabajador expuesto.
IB de efecto: Es un parámetro que puede identificar alteraciones bioquímicas reversibles inducidas de modo característico por el agente químico al que está expuesto el trabajador .
Los límites de referencia no son seguros para los agentes probadamente cancerígenos para el hombre.
2°) Los valores de referencia serán actualizados anualmente por Dirección General de la Salud. Esta podrá establece otros indicadores en situaciones particulares en las cuales las condiciones y el medio ambiente de trabajo así lo justifiquen. La periodicidad de los controles será más frecuente en los casos en que las mediciones de indicadores biológicos obtenidas alcancen , superen o se encuentren próximos a los valores límite establecidos.
3°) La Dirección General de la Salud podrá exigir un plan especial de control de la salud de los trabajadores, el cual deberá estar conducido por médico especializado en salud ocupacional o medicina del trabajo, incluyendo un aumento de la frecuencia de los controles de indicadores biológicos.
4°) Para la Dirección General de la Salud. Tomen nota la División Salud de la Población, División Productos de Salud y División Servicios de Salud. Dése difusión a través de la Asesoría Técnica en Comunicación y Difusión. Cumplido, archívese.
Ord. N°. 337
Ref 001-1190/2004
01/07/2004. Archivado en ordenanzas.
Asesoría Técnica en Administración y Seguridad Laboral
2 Comentarios Comentarios
1. Nurys Zoila | 22/02/2010, 4:45 pm |
Quisiera saber con qué frecuencia se sugiere chequear por el medico a los trabajadores supuestamente sanos, y los expuestos a riesgo biológico.
2. gustavo rodriguez | 23/06/2010, 12:51 am |
trabajo en una fabrica de juntas y no hay control de nada estamos expuesto al amianto sin proteccion alguna trabajo hace 24 años y temo contraer cancer
que puedo hacer y a donde puedo dirigirme para solucionar este grave problema
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