Mayores Controles y Sanciones del MTSS al Incumplimiento de Normas Laborales
El sistema de sanciones a las empresas por las infracciones que cometan en materia laboral será mucho más rígido que el actual, una vez que esté en plena aplicación la reglamentación de las leyes 15.903 y 18.736 aprobada en junio. El Ministerio de Trabajo está realizando charlas informativas para realizar una transición hacia el nuevo régimen.
Los controles se enfocarán en cuatro aspectos:
- la documentación laboral.
- los derechos laborales individuales.
- los derechos sindicales y la higiene.
- la seguridad y la salud en el trabajo.
Las infracciones se clasificarán en leves, graves o muy graves, previéndose distintas sanciones según el caso (amonestación, multa, clausura temporal).
Serán infracciones leves no tener actualizada la planilla de trabajo ni tener el plan de licencias, carecer de higiene en el ambiente de trabajo, o no disponer de equipos de protección personal.
Las infracciones graves serán no renovar la planilla de trabajo, no tenerla a la vista de los empleados o al momento de la inspección; no consignar en el recibo de salarios la fecha de pago o el importe; incumplir las normas que reconocen
derechos laborales a los empleados; no disponer de habilitación de la Dirección de Bomberos, y no efectuar periódicamente los exámenes médicos inherentes al riesgo al que está expuesto el empleado.
En la categoría de infracciones muy graves entran no abonar los salarios; no otorgar o no permitir gozaren su totalidad las licencias; no otorgar el descanso intermedio; obstaculizar el ejercicio de los derechos sindicales; asignar tareas prohibidas a mujeres y menores, y no respetar las clausuras dispuestas por la Inspección de Trabajo.
Multas por infracciones laborales (en jornales)
| Falta LEVE | Falta GRAVE | Falta MUY GRAVE | |
| Multa mínima | 1 a 10 | 50 a 60 | 100 a 110 |
| Multa media | 11 a 25 | 61 a 75 | 111 a 125 |
| Multa máxima | 26 a 50 | 76 a 100 | 126 a 150 |
Fuente: Ferrere Abogados, para el diario El Observador.
Comentarios 20/10/2007
Asesoría Técnica en Administración y Seguridad Laboral
