Documentos archivados en 'decretos'
El pasado día 28 de Abril (Día Mundial de la Seguridad y Salud Ocupacional), el Inspector General del Trabajo y de la Seguridad Social, Dr. Juan Andrés Roballo, anunció que dicho ministerio enviaría al parlamento para su aprobación y sanción, un decreto referente a las medidas preventivas a tomar por parte de las empresas para atender la nueva lista de enfermedades profesionales, que pasará a incluir 105 enfermedades.
Las enfermedades más destacadas son las que afectan la columna y los miembros superiores (tendinitis: inflamaciones de muñecas, codos, hombros, lumbalgias, cervicalgias, etc.), quedando excluidas las enfermedades mentales. También se habló de la realización de gimnasia laboral y rotación de tareas.
Cuando el decreto sea sancionado lo estudiaremos y les enviaremos un resumen de los trabajos que se deberán realizar.
Les recordamos que nuestra asesoría cuenta con el servicio de Gimnasia de Pausa Saludable o Laboral, Fisioterapeuta y Doctora en Salud Ocupacional, para darle tratamiento profesional a los temas antes mencionados.
30/04/2011
Recientemente se aprobaron nuevos Decretos e Instructivos Técnicos para la presentación de Proyectos de Incendio ante la Dirección Nacional de Bomberos de Uruguay.
Se aprobaron:
- Decreto 222/2010, referente a la Presentación de Proyectos y Certificaciones, ex “Habilitaciones de Bomberos”, por el que estos trámites se iniciarán únicamente a través del portal Web de Bomberos, por medio de los Técnicos Registrados.
- Instructivo Técnico IT_01: Requisitos Administrativos
- Instructivo Técnico IT_02: Conceptos de Seguridad
- Instructivo Técnico IT_03: Terminología de Incendio
- Instructivo Técnico IT_04: Extintores de Incendio
- Instructivo Técnico IT_05: Sistema de Tomas de Agua y Bocas de Incendio
- Instructivo Técnico IT_06: Símbolos Gráficos
- Instructivo Técnico IT_11: Sistemas de Detección
- Instructivo Técnico IT_12: Carga de Fuego
- Instructivo Técnico IT_13: Tablas de Capacitación
- Instructivo Técnico IT_14: Fuegos Artificiales
En su sitio web (www.bomberos.gub.uy) podrán descargar dicha normativa.
06/12/2010
- El 14 de octubre de 2009 pasado se aprobó un nuevo decreto (aún sin numerar), referente a la modificación del Decreto 406/88 (artículos 10, 12, 13 y 16 del Título II, Cap. V, “Pasillos Y Zonas De Paso“), en la redacción dada por el Art. 41 del decreto 499/2007, de 17 de diciembre de 2007.
El 19 de octubre de 2009 pasado se aprobó un nuevo decreto (aún sin numerar), referente al “Registro Nacional de Obras de Construcción y su Trazabilidad“.
Brindaremos más información tan pronto como la tengamos.
12/11/2009
Reglamentación del Convenio OIT 161, Servicios de Seguridad y Salud Ocupacional: obligación para todas las empresas públicas y privadas del Uruguay.
Tal cual estaba previsto, este convenio entraría en vigencia en el correr del año que viene (Ley o Decreto), por lo que se viene registrando un aumento notorio en la solicitud de Técnicos Prevencionistas.
Actualmente la realidad marca la falta de dichos profesionales para realizar tareas permanentes y en carácter interno en las empresas; por lo que recomendamos tener en cuenta la entrada en vigencia de este convenio y prever qué tipo de servicio se necesita en cada caso.
20/12/2008
- El pasado día 12 de mayo, entró en vigencia decreto que limita el peso de cargas manuales a 25 kilos.
- El mismo aplica a bolsas de pórtland, harina, azúcar, arroz, y aquellas que contengan productos de huerta.
- Se debe solicitar a los proveedores el acatamiento de dicho decreto.
- Aquellos que no cumplan, se les debe solicitar la fotocopia del proyecto presentado ante la IGTSS (Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social), donde se establecen las medidas que tomarán y el plazo en que las llevarán a cabo.
- Para aquellos casos en los cuales no puedan usarse medios mecánicos para el levantamiento, transporte y descenso de cargas, se debe prever la adquisición de fajas lumbares y la capacitación sobre el tema.
- Por último, téngase en cuenta la próxima aprobación de un nuevo decreto que limitaría aún más el límite de peso, diferenciando dicho límite entre hombres y mujeres.
26/05/2008
El próximo 20/FEB/2008 entrará en vigencia al Decreto 291/07 (que reglamenta convenio OIT 155), que obliga a todas las empresas a realizar la gestión de la seguridad y la salud ocupacional entre empleadores y trabajadores, así como a crear comisiones de seguridad y salud ocupacional.
Aquellos que aún no tengan información sobre el decreto la pueden obtener en nuestro sitio web o solicitando asesoramiento en Contacto o por los teléfonos (02) 308-0156 o 099-142-528.
11/02/2008
Contexto
El pasado 20 de agosto del corriente el Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Nº 291/007 que reglamenta el Convenio Internacional de Trabajo Nº 155 (Ley Nº 15.965) en material de seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo. En lo fundamental, la nueva normativa establece:
- El deber de las empresas de garantizar la salud y seguridad de sus trabajadores.
- El costo de las medidas necesarias, corre por cuenta de la empresa y el trabajador tiene la contrapartida de conservar los medios de protección personal. La empresa podrá exigir su reposición en caso de uso indebido o extravío.
- En cada empresa debe crearse una Comisión de Seguridad o similar, integrada por empleadores y trabajadores, que funcionará planificando la prevención de riesgos y promoviendo la cooperación en materia de salud y seguridad laborales.
- Se crea una Comisión Tripartita Sectorial en cada rama de actividad, integrada por la Inspección de Trabajo y representantes del sector empleador y trabajador, con el cometido de formular una política nacional en la materia.
Objetivo
Al finalizar el Seminario, el participante podrá: administrar, organizar y liderar las acciones de producción, en un marco de trabajo seguro mediante la aplicación de acciones continuas, que posibilitarán la prevención de accidentes laborales, preservando de este modo la vida de los trabajadores así como los bienes de la organización.
Contenido
- Evolución del concepto de Seguridad y Salud Ocupacional.
- Legislación Uruguaya en materia de Seguridad y Salud Ocupacional.
- Dirección y Administración de la Seguridad.
- Función de la Administración de la Seguridad en la línea de producción.
- Análisis de costos. Conceptos de Accidente / Incidente.
- Evaluación de Peligros y Riesgos.
- Emergencia en el Centro de Trabajo.
- Equipos de Protección Personal.
- Consideraciones previas a la Selección de Personal.
- Prevención de Incendios.
Docente
TP Federico Frachelle.
Fechas
12, 14, 17, 19 de diciembre.
Horario
18:00 a 21:30 horas.
Dirección
Av. Rivera 2248.
Inscripciones
- Teléfono: 402-4966
- Correo: comercial @ humanphi .com.uy (sin espacios)
- Dirección: Av. Rivera 2248
06/12/2007
Reducción del transporte manual de cargas que en forma habitual y repetitiva, a lo largo de una jornada laboral, realizan algunos trabajadores de diversos sectores de la actividad económica. Aplícase a bolsas de portland, de harina, de azúcar, de arroz y aquellas que contienen productos de la huerta.
Referencias:
02/12/2007
La presente reglamentación establece las disposiciones mínimas obligatorias para la gestión de la prevención y protección contra los riesgos derivados o que puedan derivarse de cualquier actividad, sea cual fuera la naturaleza comercial, industrial, rural o de servicio de la misma y tenga o no finalidad de lucro, tanto en el ámbito público como privado.
Referencias:
13/08/2007